martes, 16 de octubre de 2012

Todos



Tabla resumen de la nueva normativa en relación a las bajas por (I.T.) Incapacidad Temporal y de Ausencias por Enfermedad no superior a tres días.

El Real Decreto-Ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, en su artículo 9 establece la prestación económica en la situación de incapacidad temporal del personal al servicio de las Administraciones Públicas, organismo y entidades dependientes y órganos constitucionales. En su Disposición transitoria decimoquinta,  determina un plazo de tres meses para su entrada en vigor, por lo que el día 15 de octubre se hace efectiva su aplicación.


 Tipo de Baja por (I.T.)
DE CUATRO DÍAS EN ADELANTE

Artículo 9 Real Decreto-Ley 20/2012 (BOE 13 de julio)
Días de baja
(a partir del 15/10/2012)
Retribuciones a percibir.
Por Enfermedad Común o accidente no laboral.
Sin hospitalización o intervención quirúrgica.
Desde el 1º al 3er día
Un máximo del 50% de las retribuciones.
Desde el 4º al 20º día
Un 75% de las retribuciones (*)
Desde el 21º al 90º días
Un 100% de las retribuciones (**)
Del 91º días en adelante hasta la incorporación al centro de trabajo o jubilación por enfermedad.
El 100%de las retribuciones.
Por enfermedad Común (con hospitalización e intervención quirúrgica), por enfermedad grave y por contingencias laborales (accidente laboral o enfermedad profesional) así como Licencia por riesgo durante el embarazo y Permiso por riesgo durante la lactancia natural, maternidad, paternidad, adopción o acogimiento.
Desde el 1er día hasta la incorporación al puesto de trabajo o la Jubilación por enfermedad.
El 100% de las retribuciones.

(*) Desde el día cuatro hasta el vigésimo, ambos inclusive, el complemento que se pueda sumar a la prestación económica reconocida por la Seguridad Social deberá ser tal que, en ningún caso, sumadas ambas cantidades, se supere el 75% de las retribuciones que vinieran correspondiendo a dicho personal en el mes anterior al de causarle la incapacidad.

(**) A partir del día vigésimo primero y hasta el nonagésimo, ambos inclusive, podrán reconocerse la totalidad de las retribuciones básicas, de la prestación por hijo a cargo, en su caso, y de las retribuciones complementarias.

miércoles, 3 de octubre de 2012

Todos

MANIFESTACIÓN
CSI-F volverá a salir a la calle el
domingo 7 de octubre en defensa de los
empleados y servicios públicos
 El sindicato mostrará su desacuerdo con los nuevos Presupuestos Generales del Estado en una manifestación convocada de forma conjunta con la Plataforma Intersindical
La Central Sindical valorará durante los próximos quince días la posible convocatoria de una Huelga General en el mes de noviembre

El sindicato CSI-F volverá a salir a las calles de Huelva capital el próximo domingo 7 de octubre a las doce de la mañana en una manifestación convocada de manera conjunta con la Plataforma Intersindical en defensa de los empleados y los servicios públicos. La Central Sindical, como integrante de la denominada Cumbre Social, participará en esta nueva movilización para protestar contra los Presupuestos Generales del Estado anunciados por el Ejecutivo de Mariano Rajoy esta misma semana, los datos de desempleo, la congelación del sueldo de los empleados públicos por parte de los ejecutivos nacional y andaluz y la reforma laboral puesta en marcha por el Gobierno Central.
 Consciente de la gravedad de la situación económica, laboral y social, CSI-F tomará las calles en la manifestación convocada para el próximo domingo y anuncia que, paralelamente a estas acciones, se ha dado quince días para valorar la posible convocatoria de una Huelga General a nivel nacional.
 Desde CSI-F, se hace un llamamiento a los onubenses para que secunden esta protesta y vuelvan a manifestarse en contra de las políticas de ajuste que “siguen incidiendo en el ciudadano medio”. Por este motivo, la Central Sindical invita a la participación en esta movilización “en la que las diferentes fuerzas sindicales hemos unido esfuerzos para mostrar una posición común de rechazo a los recortes en los servicio esenciales”.
 Por otra parte, esta Central Sindical ha aclarado que no apoya la exigencia de un referéndum para decidir sobre el futuro del país ya que “no quiere interferir en las decisiones que, de forma democrática, toman los ciudadanos en las urnas”.
          Empleados públicos
          Nuevamente, el sindicato CSI-F recuerda que los empleados públicos han perdido en los últimos años más del 30% del poder adquisitivo entre los diferentes planes de ajuste de los gobiernos central y autonómico. Por eso, la Central Sindical lamenta la tercera congelación salarial consecutiva que contemplan los nuevos Presupuestos Generales del Estado (PGE) y teme nuevos recortes en 2013 tanto del Ejecutivo central como de la Junta de Andalucía que, amparada en las medidas de recorte del Gobierno del Partido Popular, apruebe reducir aún más las inversiones en el sector público andaluz.

lunes, 1 de octubre de 2012

PAS



CIRCULAR DE GERENCIA 
Viernes 30 de septiembre de 2012
Reunida la Mesa de Negociación el pasado 17 de julio para tratar la jornada de 37 horas y media semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual, se acordó que la implantación de la nueva jornada se haría en la segunda quincena de septiembre con la acumulación de horas debidas en una bolsa de recuperación.

    Dado que se está negociando en el ámbito andaluz la reordenación de la jornada de trabajo del personal de administración y servicios, se establece el siguiente horario con carácter provisional a partir del próximo 1 de octubre:
  1. Conforme a la Disposición Adicional Septuagésima Primera de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2012, la duración de la jornada general de trabajo será de 37 horas y media semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual.
  2. El Personal de Administración y Servicios realizará una jornada diaria de 7 horas y media en horario de:
    • 7,45 a 15,15 horas para el personal de turno de mañana
    • 14:30 a 22:00 horas para el personal de turno de tarde
    Respecto a las medidas implementadas para ajustar las retribuciones a lo dispuesto en el artículo 2 del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, se informa de lo siguiente:
  1. Para el PAS y PDI funcionario y PDI laboral con dos pagas extraordinarias al año, se suprimirá en la nómina de diciembre la paga extraordinaria.
  2. Para el PAS laboral, que percibe más de dos pagas extraordinarias al año, se ha reducido una catorceava parte de las retribuciones totales, excluidos los incentivos al rendimiento, prorrateada entre las nóminas de septiembre y diciembre, meses en los que se abona regularmente la paga extraordinaria, por ser lo menos lesivo para los trabajadores.
  3. Para el personal laboral no incluido en el capítulo I del presupuesto de gastos, se ha reducido una catorceava parte de las retribuciones totales, excluidos los incentivos al rendimiento, prorrateada entre las nóminas pendientes de percibir en el presente ejercicio.

Un cordial saludo,

EL GERENTE
Antonio Morilla Frías